Emisores Electronicos Obligados 2020 - SUNAT
El ente emisor estableció que a partir del 1 de enero de 2022 todas las personas que realicen actividades comerciales y deban emitir comprobantes serán emisores electrónicos con lo cual concluirá el proceso de digitalización tributaria de nuestra economía.
Como parte del proceso de masificación del uso de comprobantes de pago electrónicos, la Sunat designó, mediante una resolución, a un grupo de nuevos emisores tomando como referencia los ingresos anuales que hayan obtenido hasta el 31 de diciembre del 2019.
En ese sentido, recordó que la emisión de comprobantes electrónicos facilita el cumplimiento de las obligaciones tributarias y reduce los costos de impresión, almacenaje y conservación de documentos físicos, mejorando, además, los controles. Los nuevos designados como emisores electrónicos son:
El ente emisor ha designado como emisores electrónicos a quienes hayan obtenido ingresos anuales inferiores a 150 UIT hasta el 31 de diciembre del 2019 y realicen operaciones en las que se deba emitir factura o boleta de venta.
También serán emisores electrónicos quienes a partir del 1 de enero de 2020 dejen de figurar en el RUC como afectos al Nuevo Régimen Único Simplificado y tengan, al igual que en el caso anterior, actividades comerciales que requieran emitir facturas y boletas.
Finalmente, la Sunat establece que a partir del 1 de enero de 2022 todas las personas que realicen actividades comerciales y deban emitir comprobantes serán emisores electrónicos con lo cual concluirá el proceso de digitalización tributaria de nuestra economía.
Cerca del 84% de las ventas ahora se efectúan con facturas, boletas y otros documentos de pago electrónicos. Esto implica que actualmente se emitan a diario cerca de 7 millones de comprobantes de pago electrónicos y al mes 208 millones de estos documentos.